enero 31, 2022

Sentencias

Con más de 75 años de experiencia en el cobro de deudas en Nueva York, Frank, Frank, Goldstein & Nager, PC sabe qué estrategias harán que se pague a los clientes. Como oradora frecuente sobre la ejecución de sentencias, Jocelyn Nager, educa a otros sobre cómo hacer cumplir las sentencias.

¿QUÉ ES UN FALLO?

Una sentencia es un documento o entrada que establece legalmente que una parte o partes están en deuda con otra parte o partes por un monto específico en dólares.

Es muy raro que un deudor de una sentencia pague voluntariamente simplemente porque se ha dictado una sentencia en su contra. Nueva York permite la ejecución liberal de sentencias, convirtiendo así las sentencias en papel en dinero. Una vez que se ha dictado un fallo, hay una miríada de estrategias para «forzar» la mano del deudor a pagar.

Estos incluyen:

  • restricciones de cuentas bancarias,
  • embargos de salarios,
  • gravámenes a terceros acreedores,
  • gravámenes sobre bienes inmuebles,
  • acciones de transmisión fraudulentas,
  • sucesor en intereses,
  • etc.

Los activos del deudor se liquidarán o convertirán para satisfacer el fallo, de modo que se le pagará.

OBTENCIÓN DE UN FALLO EN NUEVA YORK:

Puede ganar un fallo como resultado de:

  • de cobro de deuda en litigio,
  • confirmación de un laudo arbitral,
  • una sentencia extranjera,
  • una confesión del juicio,
  • otro Estado o Federal litigio de otro abogado,
  • asignación y más.

¡Un fallo de Nueva York es un fallo de Nueva York! La razón o razones para la recuperación de la sentencia o la forma en que se obtuvo son importantes, pero no dictan la posibilidad de cobro de la sentencia.

EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EXTRANJERAS EN NUEVA YORK:

Para ejecutar una sentencia extranjera, la sentencia debe estar incorporada al derecho interno o registrada en Nueva York. Una vez cumplido, puede ejecutar el juicio. Para domesticar un fallo extranjero, lea más.

HACER CUMPLIR LOS FALLOS DE NUEVA YORK:

El primer paso para hacer cumplir un fallo de Nueva York, ya sea que lo obtenga esta firma u otro abogado, es comprender cómo se le paga al deudor del fallo. Al hacerlo, podemos interrumpir el flujo de dinero al deudor del fallo y redirigir ese dinero para satisfacer su fallo.

Frank, Frank, Goldstein & Nager, P. C. realiza una búsqueda investigativa y revisión del archivo del cliente. Buscamos activos que puedan tener una conexión con el deudor del fallo. Estos pueden incluir tener una comprensión de: el negocio del deudor del fallo, la base de clientes, el papel en el panorama empresarial de Nueva York, las partes con las que pueden estar haciendo negocios, la situación familiar, etc.

Podemos congelar dinero en:

  • cuentas bancarias,
  • cuentas de corretaje,
  • cuentas de vendedores,
  • depósitos de seguridad,
  • sumas adeudadas al deudor del fallo por clientes,
  • pagos de préstamos,
  • pagos adeudados por un 3231>
  • pago de una deuda de un deudor judicial,
  • otras fuentes,
  • y más.

Podemos embargar los salarios.

Podemos gravar y vender bienes inmuebles o personales.

Podemos vender acciones.

Para lograr estos objetivos, empleamos una o más de las técnicas liberales de aplicación de sentencias de Nueva York.

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