¿Puedo reclamar los beneficios del seguro de desempleo si renuncio voluntariamente?
Por Sanette Viljoen
Hechos: Mrs X trabajó en Oudtshoorn durante casi nueve años. Sus padres viven en Bellville y su salud se ha deteriorado mucho recientemente. Sus padres no pueden pagar el cuidado en el hogar y no tuvo otra opción que renunciar a su trabajo para cuidar de sus padres. Ella ha estado en Bellville por unos meses y está luchando por conseguir un nuevo trabajo. Solicitó una indemnización al Fondo de Seguro de Desempleo (en lo sucesivo, «UIF») hasta que pudiera conseguir un nuevo empleo. El Fondo no está de acuerdo en que se haya visto obligada a dimitir; opina que renunció voluntariamente y, por lo tanto, no tiene derecho al seguro de desempleo.
¿Cuál es la situación jurídica en este caso?
- Si las circunstancias personales obligan a uno a renunciar, no le da derecho al seguro de desempleo.
La norma general es que una persona no tiene derecho a las prestaciones de la UIF si renuncia a su puesto de trabajo. Un empleado solo puede obtener beneficios si su contrato de servicio ha expirado, si fue despedido por su empleador o si su empleador está secuestrado.
Las prestaciones del Fondo no cubren la totalidad de la indemnización. El porcentaje de compensación depende de cuánto tiempo haya contribuido al Fondo. Además, la compensación nunca se puede pagar por más de 238 días. Los beneficios también se detienen tan pronto como comienza a trabajar de nuevo. Sin embargo, los trabajadores domésticos tienen derecho a prestaciones si pierden sólo una parte de su trabajo. Un empleado debe presentar el reclamo dentro de los seis meses posteriores a que haya dejado de trabajar.
La remuneración porcentual pagada por el Fondo se determina de la siguiente manera:
El Departamento de Trabajo tiene en cuenta dos criterios:
– Salario durante los últimos cuatro años
– Cotizaciones a la UIF durante los últimos cuatro años
El Departamento de Trabajo calcula una tasa diaria (basada en el salario) y la multiplica con el número de días contribuiste a la UIF). Ambos tienen un techo máximo. El número máximo de días durante los cuales usted puede recibir beneficios, 238 (sólo 121 para la licencia de maternidad) y la tarifa diaria máxima se fija en aproximadamente R185 por un salario de R15 000 o más por mes.