marzo 10, 2022

I' acabo de firmar un contrato de arrendamiento pero quiero cancelar, ¿ qué hago?

Un lector de Property24 pregunta: «Me gustaría saber si soy responsable de pagar una tarifa de incumplimiento si decido no alquilar el apartamento, firmé el contrato de arrendamiento pero no pagué el depósito o la tarifa de administración.»

Respuestas del Experto en Propiedades Jaco Rademeyer:

En una situación como la anterior, hay diferentes reglas que se aplican dependiendo de la naturaleza del acuerdo y el momento de ciertas acciones. En caso de que el Contrato de Arrendamiento esté sujeto a la aplicación de la Ley de Protección del Consumidor, hay dos disposiciones importantes a tener en cuenta:

1. El derecho de los consumidores a la reflexión en términos de la sección 16:

Esto da derecho al inquilino a cancelar un contrato de arrendamiento dentro de los 5 (cinco) negocios posteriores a la celebración del acuerdo sin motivo ni penalización. El propietario tendría que reembolsar al inquilino cualquier dinero pagado por adelantado. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este derecho solo puede invocarse siempre que el acuerdo se haya celebrado como resultado de la comercialización directa.

Para decirlo de otra manera, que una agencia de alquiler se acercó al inquilino directamente por correo electrónico o a través de medios electrónicos alternativos, visitas personales o llamadas telefónicas. La comercialización directa debe realizarse en el curso ordinario de los negocios, de lo contrario, no se considerará comercialización directa según lo previsto en la Ley.

2. El derecho de cancelación de los consumidores en términos de la sección 14:

Si ya han transcurrido 5 (cinco) días hábiles, el inquilino puede cancelar el contrato de arrendamiento en cualquier otro momento avisando al propietario con 20 (veinte) días hábiles de antelación. Esto es aplicable independientemente de los términos reales contenidos en el contrato de arrendamiento, ya que un inquilino no puede excluir contractualmente la aplicación de ningún derecho de Protección del Consumidor. Sin embargo, esta cancelación está sujeta a que el propietario tenga derecho a imponer una multa razonable por cancelación.

Lo que es «razonable» dependerá de las circunstancias circundantes, teniendo en cuenta los factores enumerados en las Regulaciones de la Ley de Protección al Consumidor.

En el caso de que la Ley de Protección al Consumidor no sea aplicable (que no es frecuente), la posición no es tan simple para el inquilino. Una vez que el contrato de arrendamiento se ha concluido válidamente, es un acuerdo vinculante con obligaciones legales.

Si el inquilino firma y luego desea cancelar, sin importar cuán temprano sea, hay 2 escenarios posibles, a saber, un acuerdo con una cláusula de cancelación y un acuerdo sin una.

Si existe tal cláusula, es tan simple como hacer cumplir los contenidos previstos en ella. En ausencia de la cláusula de cancelación, el propietario puede dirigirse a un tribunal para obtener una orden de cumplimiento específico para obligar al inquilino a permanecer en el contrato hasta su vencimiento. Alternativamente, el propietario puede reclamar daños contractuales equivalentes al alquiler adeudado por el saldo de todo el arrendamiento.

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