Ciudadanía (Naturalización)
Muchos expatriados e inmigrantes finalmente dan el paso final de su inmigración a Costa Rica y se convierten en ciudadanos naturalizados. Primero, debe pasar por Residencias Temporales y luego Permanentes antes de solicitar la Ciudadanía (Naturalización). Por cierto, si tiene un padre costarricense o un hijo, omite el paso Temporal en este caso. Algo bueno de obtener la ciudadanía: no es necesario renovarla, como el estado de Residencia Temporal o Permanente. Además, obtienes tu pasaporte costarricense, recuperas tu depósito de garantía, puedes venir y salir del país sin restricciones, etc. ¡Sobre todo, Costa Rica permite la doble ciudadanía!
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Ciudadanía por Residencia
* 7 años viviendo en Costa Rica como residente legal (5 años si es ciudadano de un país centroamericano, ciudadano de ciertos países latinoamericanos o ciudadano español de nacimiento);
* Debe probar que ha vivido en Costa Rica por el tiempo acumulado a través del registro de entradas y salidas de inmigración;
• 2 declaraciones de testigos de carácter;
• Medios financieros de prueba de vida, como una certificación de ingresos de un CPA;
• Completar el examen de ciudadanía – Estudios sociales y de español (los solicitantes de 65 años o más están exentos de este examen).